Se eleva el límite exento de garantía en aplazamientos o fraccionamientos

El día 15 de abril de 2023 entrará en vigor una orden en que no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la AEAT y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública estatal.

Los requisitos a cumplir será que el importe conjunto de las deudas no podrá superar los 50.000 euros (anteriormente 30.000 euros), y que se encuentren tanto en periodo voluntario cómo en periodo ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.

Elobjetivo de esta medida es mantener la finalidad última de la exención prevista, otorgando facilidades al obligado al pago para el cumplimiento de sus obligaciones de derecho público ante sus dificultades económicas financieras de carácter transitorio y agilizando el procedimiento de gestión de estas solicitudes mediante el impulso de su gestión automatizada.

Entre las razones que llevan a Hacienda a actualizar esta cantidad límite están el contexto económico deinflación y dificultades en las economías domésticas generadas por la invasión rusa de Ucrania, la persistencia de los efectos de la crisis de la COVID-19 y que el límite de 30.000 euros denota cierta obsolescencia.

Quedamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda o cuestión.

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