Definición de modelo social de Fika:
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¿Qué tipos de modelo social?
Autónomo, sociedad anónima, limitada, cooperativa… existen muchas formas jurídicas de una empresa , y no existe un método que permita determinar con total precisión el tipo más adecuado para constituirla , ya que depende de una serie de factores económicos, personales y comerciales .
Dependiendo el tipo de actividad y, si te lanzarás al emprendimiento solo o acompañado , será más conveniente escoger una forma jurídica u otra para el desarrollo de tu empresa . Hay unas pautas y criterios que pueden ayudarte a la hora de elegir el tipo de sociedad que mejor se adecua a tus necesidades (responsabilidades, costes de gestión, aportación económica, etc.).
¿Aún no sabes qué forma jurídica elegir ? Reúnete con nosotros gratuitamente y le encontraremos la mejor solución para su negocio .
Tipo de sociedad
No es un tipo de sociedad, pero si es el tipo de emprendedor más habitual . El autónomo es una persona física que monta su negocio por cuenta propia y de forma individual . Sus características son:
– Responde de forma ilimitada frente a la empresa con su propio patrimonio.
– Disfruta de más facilidades para poner en marcha la empresa.
– No debe aportar un mínimo legal de capital para empezar la actividad.
– Plena autonomía del empresario en la toma de decisiones.
Es la forma jurídica de empresa más extendida . Puede componerse de mínimo de un socio , siendo en este caso una sociedad limitada unipersonal , y tener todos los socios que estime, es decir, sin límite máximo . Las características de esta sociedad son:
– Capital social mínimo de 3.000 euros, sin límite máximo . El capital puede aportarse tanto en cantidades económicas como en bienes (muebles, inmuebles, etc.).
– El capital social puede dividirse en participaciones sociales con limitaciones legales y deben presentarse oficialmente en un documento.
– Los socios pueden ser trabajadores y/o socios capitalistas .
-La responsabilidad de los socios es solidaria y limitada al capital aportado .
El órgano de administración y gestión puede ser:
– Administrador único.
– Administradores solidarios.
– Administradores mancomunados.
– Consejo de Administración en el caso de tres o más administradores.
¿Te interesaría saber qué trámites deben realizarse por la constitución de una sociedad limitada? Aquí te lo explicamos !
Es la sociedad limitada o anónima donde la mayor parte del capital social de la empresa pertenece a los trabajadores que prestan sus servicios, y debe haber un mínimo de dos socios .
Las características de esta sociedad son:
– Ningún socio puede tener más de un tercio del capital social .
– Beneficios fiscales en el ITPAJD con una bonificación del 99% en los pagos devengados por transmisiones onerosas o por la adquisición de bienes y derechos de la empresa procedentes de la mayor parte de los socios.
-En las Sociedades Anónimas Laborales el capital mínimo a aportar es de 60.000 euros .
Las sociedades colectivas se forman con un mínimo de dos socios , que actúan de forma conjunta y participan en la proporción que acuerden en la sociedad. Su responsabilidad es ilimitada y responde personalmente en caso de deuda.
Las características de este tipo de sociedades son:
– No requieren capital social mínimo.
– Posee autonomía patrimonial : la empresa responde a las deudas con su propio patrimonio. Los socios también responden a las deudas subsidiaria, ilimitadamente y solidariamente .
-Los socios pueden ser capitalistas o industriales . El primero gestiona la sociedad, aporta capital, trabajo y bienes a la sociedad colectiva, influyéndole tanto las ganancias como las pérdidas de la empresa. El segundo aporta trabajo y no gestiona, pudiendo tener acceso a las ganancias, pero nada tendrá que ver en las pérdidas.
La organización y gestión de estas sociedades se divide en los siguientes órganos :
– Asamblea General: Está formada por todos los socios de la cooperativa.
– Consejo rector: Es el órgano colegiado de gobierno al que le corresponde la alta gestión.
– Intervención: Su función es supervisar las cuentas.
– Comité de recursos: Gestiona y resuelve posibles recursos contra sanciones que se impongan a socios del consejo rector.
El número mínimo de socios es dos , sin un máximo establecido. Esta sociedad está formada por diferentes socios : los colectivos , que aportan su trabajo y pueden aportar capital, y los comanditarios , que aportarán sólo el capital.
Las características de esta sociedad son:
– No existe un capital social mínimo establecido.
– La responsabilidad de los socios colectivos no tiene límites, la de los comanditarios sí, y sólo responden por el capital que aportan.
La gestión y administración en la sociedad comanditaria simple viene dada sólo por los socios colectivos (una, varias o todas). Los socios comanditarios participarán en las ganancias y tienen el derecho a conocer el balance anual .
Es un contrato en el que dos o más personas colaborarán para llevar a cabo una actividad empresarial. Suele ser utilizada para proyectos empresariales sencillos y de reducidas dimensiones .
Las características de esta sociedad son:
– No existe un capital social mínimo establecido.
-Pueden estar formadas por dos o más socios . Hay dos tipos de socios : industriales , los cuales aportan únicamente trabajo y, los socios capitalistas , que aportan bienes o capital propio.
Es una buena opción para dos o más autónomos que deseen trabajar juntos y asociarse . Continuarán teniendo los requisitos de un autónomo , pero con propiedades que pertenecen a los diferentes socios ( socios comuneros ).
Es la modalidad más sencilla y el mínimo de socios son dos . Éstas son sus características:
– No existe un capital social mínimo establecido.
-La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es ilimitada . Además, deben responder con sus bienes y apoyarse unos a otros.
– Podrá nombrarse uno o varios administradores de la comunidad y en su defecto esta administración será ejercida por cualquiera de los partícipes .
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