Las modificaciones del RIRPF por el RD 142/2024

El 7 de febrero de 2024, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 142/2024, de 6 de febrero, introduciendo modificaciones significativas en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF).

Estas modificaciones se enfocan a ajustar las retenciones e ingresos por anticipado de los rendimientos del trabajo al incremento del salario mínimo interprofesional (SMI), establecido por el RD 145/2024, de 6 de febrero.

Con este artícule te queremos explicar los cambios que experimentaremos en los proxims meses, desde Fika Economistes i Advocats te acompañamos.

Contenidos

Modificaciones del RIRPF sobre el límite excluyente de la obligación de retener

Sabemos que toda esta información puede resultarte farragosa y por eso queremos facilitarte la vida y explicarte todo bien para que puedas gestionar tu empresa de la mejor manera posible. Como siempre basura, el equipo de Fika Economistas i Advocats hemos ampliado todavía más nuestros conocimientos sobre el tema para asesorarte cómo toca.

Si ganas menos de 19.747,50 euros el año con tu trabajo, no te retendrán nada de sueldo para pagar tus impuestos. Es decir, si ganas poco, por ejemplo, si recibes el salario mínimo, no te retendrán nada de tu nómina. Con estas modificaciones que te explicaremos ahora, se han puesto reglas temporales para facilitar la transición hacia la nueva situación y para asegurarse que todos y todas lo entendamos bien.

Una de las principales modificaciones afecta el artículo 81.1 del RIRPF, que establece el límite excluyente de la obligación de retener. Con el fin de evitar errores de salto y garantizar una adecuada adaptación al aumento del SMI, se amplía el límite para contribuyentes con rendimientos netos del trabajo de hasta 19.747,50 euros anuales. Esto implica que no se practicará retención sobre los rendimientos del trabajo que no superen los importes anuales establecidos en función del número de hijos y la situación del contribuyente.

Además de esta modificación, se ha observado un esfuerzo por parte de las autoridades fiscales para ajustar los límites y exenciones de retención de manera más progresiva con el objetivo de no penalizar los contribuyentes con ingresos próximos al umbral establecido. Esto se refleja en una mayor flexibilidad en la aplicación de los límites, considerando factores como la situación familiar y las responsabilidades financieras de los contribuyentes.

Cuadro sobre las modificaciones afectadas por el artículo 81.1 del RIRPF ESP
Cuadro sobre las modificaciones afectadas por el artículo 81.1 del RIRPF

Modificaciones del RIRPF sobre la reducción por rendimientos del trabajo

La letra d) del artículo 83.3 del RIRPF, que se refiere a la reducción por rendimientos del trabajo, también experimenta cambios significativos. Ahora, la percepción de rendimientos del trabajo por importe igual o inferior al salario mínimo interprofesional no estará sujeta a retención. Además, se establecen reducciones progresivas para rendimientos próximos al SMI evitando así posibles errores de cálculo.

Esta modificación refleja un enfoque más sensible de las necesidades de los contribuyentes con ingresos bajos y garantiza que aquellos que perciben el salario mínimo interprofesional no se vean afectados negativamente por las retenciones fiscales. Se reconoce así la importancia de proteger el poder adquisitivo de los trabajadores con salarios más bajos y brindarlos un alivio fiscal adecuado.

Disposición transitoria: efectos temporales y cálculo del tipo de retención

El RD 142/2024 incluye una disposición transitoria vigésima primera para aclarar los efectos temporales de las nuevas regulaciones. Se establece un procedimiento para calcular el tipo de retención o ingreso por anticipado aplicable en los rendimientos del trabajo satisfechos antes y después de la entrada en vigor del decreto.

Esta disposición transitoria búsqueda proporcionar claridad y certeza a los contribuyentes y pagadores durante el periodo de transición hacia las nuevas normativas fiscales. Además, permite una implementación gradual de los cambios y facilita, así, la adaptación tanto de los contribuyentes como de las administraciones tributarias.

Conclusiones

Las modificaciones introducidas por el RD 142/2024 tienen como objetivo principal adaptar el sistema de retenciones e ingresos por anticipado de los rendimientos del trabajo al incremento del salario mínimo interprofesional. Estas medidas buscan garantizar una tributación más equitativa y proporcionar mayor seguridad jurídica tanto a contribuyentes como pagadores.

En resumen, el Real Decreto 142/2024 supone un paso importante en la actualización y adecuación del sistema tributario español a las nuevas realidades económicas y sociales. Es fundamental para los contribuyentes y los pagadores familiarizarse con estas modificaciones para asegurar el cumplimiento adecuado de sus obligaciones fiscales y promover una mayor justicia fiscal al país.

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